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Legajo 35: Carta de Francisco Izquierdo de BerbegalJuan Francisco de Pueyo y Clavería, Juan Francisco Pueyo y Clavería, Juan Francisco de Pueyo Clavería, Juan Francisco de Pueyo
Pedro de Santacilia y Pax, Pedro de Santacília i Pax, Pedro Santacília i Pax, Pedro Santacilia y Pax, Pedro de Santacilia, Pedro Santacilia, Pedro Santacília, Don Pedro, don Pedro
Juan Francisco de Pueyo y Clavería, Juan Francisco Pueyo y Clavería, Juan Francisco de Pueyo Clavería, Juan Francisco de Pueyo
Pedro de Santacilia y Pax, Pedro de Santacília i Pax, Pedro Santacília i Pax, Pedro Santacilia y Pax, Pedro de Santacilia, Pedro Santacilia, Pedro Santacília, Don Pedro, don Pedro
Sr. mío, Por la copia inclusa de la libranza que su majestad. ha mandado darme en el visitador Sr. don Juan de Casteldases, verá v. m. como han de servir estos cinco mil seiscientos y veinte y cinco reales de plata para el rescate de un hermano mío que cautivaron los moros en la galera Santa Águeda de Nápoles, que acompañaba al Sr. don Juan a Italia. Suplico a v. m. no se canse en hacerme merced en esta cobranza, como lo experimenté en la pasada (a cuyo fin remito a v. m. otro poder) y que el dinero se entregue ahía Antonio Morrellas, correspondiente de don Juan Baptista Bernardo, tesorero del consejo de Indias, que me lo ha anticipado aquí, perdonándome v. m. tantos embarazos y trocándomelos en muchos empleos de su servicio, como lo piden mis obligaciones y el reconocimiento con que estoy de la merced que me hace. Nro. Sr. Guarde a v. m. largos años como deseo. , 20 de agosto 1656. Sr. D. Francisco Izquierdo de Berbegal Sr. don Pedro Santacilia
{lat.} IN Sr. D. E F Nomine Amen} Sea a todos manifiesto que yo Sr. don Francisco Izquierdo de Berbegal del consejo de su majestad. y su secretario en el Supremo y real de Aragón, con la negociación y papeles del reino de , residente en esta corte de grado y mi cierta Sria., no revocando los otros procuradores por mi antes de ahora hechos, creados y ordenados, ahora de nuevo hago procurador mío al señor don Pedro Santacilia y Pax del consejo de su majestad. y su procurador real en el reino de , ausente como si fuese presente, especialmente, y expresa para que por mi y en mi nombre pueda el dicho mi procurador haber, recibir y cobrar, haga, reciba y cobre así en juicio como fuera dél del señor don Juan de Casteldases, canónigo de la Santa y iglesia de Nra. Sra. del Pilar de la ciudad de en el reino de Aragón y visitador del real Patrimonio del reino de y, de quien más conviniere y fuere necesario, a quien tocare la paga ingrata, cinco mil seiscientos y veinte y cinco reales de plata castellana, por cuenta de veinte y dos mil y quinientos reales, que se me están debiendo de los cien escudos de a diez reales que gozaba al mes por secretario español de la serenísima emperatriz, que su majestad. (dios le guarde.) ha sido servido hacerme merced de mandármelos librar en los efectos de la visita del real Patrimonio del dicho reino de , según parece más largamente por la cédula real de su majestad, a mi favor despachada en la villa de a ocho días de los presentes mes y año abajo calendados a que me refiero. y de lo que así recibiere y cobrare pueda dar y otorgar, dé
y otorgue el dicho mi procurador las ápocas y cartas de pago que más conviniere y fuere necesario y, también, para que pueda sacar dinero de la tabla de los depósitos de la ciudad de y cualesquier cantidades que en ella se giraren a mi favor por dicha razón y, para que pueda girar las en favor de las personas que fuere necesario, que para esto y lo demás contenido en este poder se le doy tan cumplido y bastante al dicho señor, mi procurador, cual de derecho se requiere y es necesario. y para que le pueda substituir en la persona o personas que más bien le pareciere, prometiendo haber por firme valedero y seguro perpetuamente todo lo que por el dicho mi procurador será recibido, cobrado, sacado, tirado, otorgado, dicho, hecho y procurado y aquello no revocar en tiempo alugno, so obligación de mi persona y todos mis bienes muebles y sitios habidos y por haber. Hecho fue lo sobre dicho en la villa de , corte de su majestad, a diez y siete días del mes de agosto del año contado del nas cimiento de Nro. Sr. Jesucristo, de mil seiscientos cincuenta y seis, hallándose presentes por testigos el Sr. don Jeronimo Justai Pont del consejo de su majestad y su secretario en el Supremo de Aragón, y Antonio Escales, escribiente, residentes en esta corte, queda firmado el presente poder en su nota original. Signo de mi Juan Francisco de Pueyos y Claveria, escribano de mandamiento y cámara de su majestad, en su S. S. R.
consejos de los reinos de la Corona de Aragón y por autoridad real por todas sus tierras reinos y señoríos público notº residente en su corte que a lo sobre dicho, con los testigos arriba nombrados presente fui y [?] Fructuoso Piqué, arcediano de la Santa iglesia de Solsona del consejo de su majestad. y su Secretº en el Suppremo, y real de Aragón, certifico que Juan Francisco de Pueyo y Clavería, de cuya mano y signo va signada la presente. escritura, al tpo. y cuando aquella testificó y en pública forma sacó, ha sido y es escribano de mandamiento y cámara de su majestad. en el mismo consejo y notº publico fiel y legal y que a los auto y escrituras por el testificadas, y en pública forma sacada, como la presente, se les ha dado y da, puede y debe dar entera fe y crédito en juicio y fuera de él, en testimº de lo cual di la presente firmada de mi mano y sellada con el sello se creto de su majestad. que está en mi poder, en a diez y nueve de agosto del año del nacimiento de N. Señor Jesu cristo de mil seiscientos cinqta y seis. Fructuoso Piqué
consejos de los reinos de la Corona de Aragón y por autoridad real por todas sus tierras reinos y señoríos público notº residente en su corte que a lo sobre dicho, con los testigos arriba nombrados presente fui y [?] Fructuoso Piqué, arcediano de la Santa iglesia de Solsona del consejo de su majestad. y su Secretº en el Suppremo, y real de Aragón, certifico que Juan Francisco de Pueyo y Clavería, de cuya mano y signo va signada la presente. escritura, al tpo. y cuando aquella testificó y en pública forma sacó, ha sido y es escribano de mandamiento y cámara de su majestad. en el mismo consejo y notº publico fiel y legal y que a los auto y escrituras por el testificadas, y en pública forma sacada, como la presente, se les ha dado y da, puede y debe dar entera fe y crédito en juicio y fuera de él, en testimº de lo cual di la presente firmada de mi mano y sellada con el sello se creto de su majestad. que está en mi poder, en a diez y nueve de agosto del año del nacimiento de N. Señor Jesu cristo de mil seiscientos cinqta y seis. Fructuoso Piqué
Todas las cartas del epistolario se editan en una doble transcripción –literal y modernizada– consultable siempre simultáneamente con el facsímil de la carta original.
Generalidades
Se trata, para cualquiera de las lenguas presentes en el epistolario, de una transcripción paleográfica estrecha que reproduce con fidelidad total el uso gráfico del autor del texto aunque no se corresponda con la normas ortográficas actuales y aunque ello suponga transcribir errores evidentes. Hay dos motivos para este criterio: 1) una transcripción paleográfica de este tipo es un punto de partida más eficaz, ya que puede ser luego adaptado a múltiples usos, modernizando la ortografía, añadiendo acentos y puntuación, regularizando el uso de mayúsculas, etc. según el uso que se quiera dar a los textos o los destinatarios a los que vaya dirigido. Por el contrario, un texto modernizado supone haber suprimido ciertas características del uso lingüístico de su autor original que no son fácilmente recuperables. 2) una transcripción paleográfica preserva información lingüística relevante: por ejemplo, la separación de palabras arroja luz sobre unidades fonológicas como la sílaba, o gramaticales como morfemas. Asimismo las grafías originales pueden denotar procesos dialectales o de transferencia de otras lenguas.
Ortografía
Se respeta el uso gráfico del original, incluso aquellas grafías que parezcan superfluas o sin valor fonológico: x, ss, ç, h, b, v, u, i/y, ph, th, etc. En los casos en que en el texto aparece «r» donde hoy usaríamos «rr» o «c» donde esperaríamos «ç» lo dejaremos como tal. Se conserva la acentuación o falta de la misma del original.
Igualmente se reflejan en todo pormenor paleográfico el uso de la mayúscula y la minúscula, y la puntuación, muchas veces arbitraria.
Se respetan los cultismos gráficos: columpna, comptar y también las simplificaciones fonéticas de los cultismos: dino, lición.
Separación de palabras
Se respetan todos los procesos morfofonémicos reflejados en la escritura, por ejemplo te visto que refleja ‘te he visto’ se transcribe como está en el original. Igualmente transcribimos: menbarque, lazotea, parenbiar, etc. (los casos en los que dos palabras se hayan escrito con el mismo trazo sin levantar la pluma no implica necesariamente que estén escritas juntas).
También se respetan las amalgamas o cualquier otra grafía que represente una pronunciación particular: decille (por ‘decirle’), escuro, colesio, vijitar, esamen.
Abreviaturas
Las abreviaturas se desarrollan empleando paréntesis angulares: sto se transcribe s<an>to, dho d<ic>ho, q. q<ue>, nros n<uest>ros. Si en una palabra falta texto que suele ir en abreviatura pero el escriba no ha puesto el diacrítico o la indicación que normalmente indica la abreviatura (por ejemplo propto sin indicación de abreviatura) lo transcribimos pro[<m>]pto donde se indica que la abreviatura no figura en el original y es añadido nuestro.
En el caso de abreviaturas usuales que indiquen tratamiento (D. Dr. V. M. Vd. etc.) se pueden dejar como vienen en el original.
Añadidos y enmiendas del editor
Si es evidente que falta algo en el texto –y no estamos ante una abreviatura– se suele restituir, pero sólo cuando estamos absolutamente seguros. Lo restituido se pone entre corchetes: pdre transcrito p[a]dre.
Si en el texto sobra algo por error (una sílaba o palabra repetida) utilizamos paréntesis con barra invertida para indicarlo (\...), pero sólo cuando estamos muy seguros, porque material aparentemente superfluo puede ser una particularidad morfológica o gráfica de la época. Así pues vinieron a la la casa se transcribe «vinieron a la (\la) casa». Se ha de tener en cuenta que el signo «\» en «(\...)» sirve para discriminar los paréntesis genuinos empleados como signo de puntuación.
Añadidos y enmiendas en el original
En el caso de que encontremos letras, o palabras entre líneas o en el margen que han sido añadidas por el mismo escribano o un corrector posterior transcribiremos estas palabras entre corchetes «[ ]» con un circunflejo «^» en su interior (para diferenciar de los añadidos que incluimos nosotros mismos, que van simplemente entre corchetes «[ ]»), con una nota explicativa si fuera necesario. Ha de entenderse que empleamos este sistema para material añadido. Cuando el escribano ha continuado en un margen simplemente porque se le ha acabado el espacio al final del folio no consideramos que se trate de un añadido, sino que continuamos copiando el texto numerando las líneas de manera consecutiva.
Señalamos la presencia de varias caligrafías con la indicación al principio de la carta: «(dos manos)», «(tres manos)», etc.
Para reflejar texto tachado en el original lo reproduciremos entre «( )» con «^» en el interior para diferenciarlo del texto superfluo que suprimimos nosotros mismos al transcribir que se marca con «(\)». Retomando el ejemplo anterior vinieron a la la casa, se transcribe «vinieron a la (\la) casa» para suprimir el texto erróneo, pero si el segundo la ya aparecía tachado en el original transcribimos «vinieron a la (^la) casa».
Alternancia de lenguas
Cuando aparece texto en una lengua diferente de aquella en la cual está redactado el cuerpo principal del documento, el texto en cuestión se marcará con llaves «{}» que contengan al inicio las tres primeras letras del nombre castellano de la lengua en cuestión (LAT latín, CAT catalán, ITA, italiano, FRA francés, POR portugués, etc.). Por ejemplo: «entonces dijo {LAT ave maria gratia plena} mientras se santiguaba.» En html marcamos las distintas lenguas: <span id=”latin>capbqekbkb”</span> tanto en transcripción original como en la modernizada.
Foliación y número de línea
La transcripción literal se dispone a la izquierda del facsímil del documento correspondiente. Las líneas del documento original se reflejan con una numeración correlativa de principio a fin del texto, antepuesta a cada línea y en color gris. No reiniciamos, por tanto, la numeración en cada página del mismo documento.
Nota importante:
Siempre que tenemos dudas preferimos insertar una doble interrogación entre corchetes [??] junto a la lectura dudosa. Así podemos localizar los problemas fácilmente y corregirlos cuando tengamos la solución (empleamos corchetes porque se trata de un añadido nuestro, las interrogaciones no estaban en el texto). En caso de abreviaturas dudosas se puede transcribir mto m<[??]>to. Muchas de estas dudas se acaban disipando. Consideramos preferible actuar con prudencia y poner interrogantes en vez de ofrecer una lectura que pueda ser errónea.
Abreviaturas
a) Las abreviaturas se escriben en minúscula y se desarrollan siempre que se pueda. Por tanto, escribimos completas las palabras y tratamientos protocolarios como los siguientes (ponemos ejemplos en español y catalán):
señor o senyor, senyora o señora, mossèn, santo, número, reals reales, libras lliures, escuts, etcétera; il·lustre (il·lustríssim), honorable, magnífico, excel·lentíssim, etc.
Y también los números ordinales, los meses del año, los nombres de países, etc.:
Ej.: 1º (primer o primero), 2º (segon o segundo), 7bre (setiembre setembre), Alemanª (Alemania o Alemanya).
En cambio, no desarrollamos las abreviaturas de respeto:
dr. (doctor), d. (don), da. (doña/dona/donya), v. m. (vuestra merced / vossa mercè), v. s. (vuestra señoría / vossa senyoria), v. e. (vuestra excelencia / vossa excel·lència).
b) Los tratamientos o expresiones protocolarias en la firma o cabecera de las cartas los desarrollamos completamente:
Ex: Su mor. sdor. > su mayor servidor
q.s.m.b. > que sus manos besa
etc.
c) En el caso en que aparezca en una carta en español o catalán texto en latín que contenga abreviaturas, se conservan:
Ej.: et al.
d) Siempre que sea posible se escriben los nombres propios completos con la ortografía actual. Si la carta está en español las abreviaturas se desarrollan en español y si está en catalán se desarrollan en catalán.
Ej: Jº > Jerónimo, Gerº > Jerónimo, Pº > Pedro, Antº > Antonio
Asimismo, Los nombres propios se regularizan según el uso actual: Safortesa > Zaforteza, Çavella > Zavellá, Marqués de los Veles > marqués de los Vélez.
Se informa de la variabilidad ortográfica y en el orden de los apellidos de los remitentes y destinatarios de las cartas por medio de una ventana flotante que aparece al pulsar sobre el nombre modernizado y regularizado en el cuerpo de la carta.
Mayúsculas y minúsculas
a) Todos los cargos y tratamientos protocolarios se transcriben en minúscula dentro del texto, en la firma, en la cabecera de las cartas y en las notas o fichas informativas.
Ej.: rey, rei, virrey, batle, procurador reial, governador, capità, inquisidor general, bisbe, arquebisbe, prevere, mossèn, doctor, su majestad, vicecanciller, capellán secretario
Ej.: magnífic i excelentíssim senyor governador, il·lustríssim senyor procurador reial, su majestad, capitán general, d. Pedro Santacilia, da. Cecilia Zaforteza, etc.
b) Todos los nombres propios (de persona, de lugar, nombres de embarcaciones, apodos, etc.), se escriben con mayúscula inicial.
Ej.: Nostre Senyor/ Nuestro Señor (cuando se refiere a Dios o a Cristo), el Cielo, etc.
c) Algún nombre de documento oficial concreto –cuando no es genérico– se transcribe en minúscula.
Ej.: El memorial (o real orden, informe, etc.) que recibí ayer…
d) En toponimia, el elemento genérico (golfo, cala, calle, plaza) se transcribe en minúscula y en mayúscula si pasa a nombre propio:
Ej.: la sierra de Tramuntana (pero: la Sierra)
plaza Mayor (pero calle de la Plaza Mayor)
e) El nombre de determinadas zonas se transcribe en minúscula:
Ej.: capilla, cámara de los pajes, secretaría del Consejo de Aragón, palacio de los Duques, castillo de San Carlos
En cambio, escribimos en mayúscula:
Casa de Campo, Consejo de Aragón, Real Audiencia, Universitat, Reial Patrimoni
f) Todos los cargos, nombres de oficios o de profesión se transcriben en minúscula:
Ej.: capità, procurador, governador, pagès, criat, capellà, prevere, escribano, notario, secretari, jurats o jurados (de la Universitat o Universidad), oïdors u oidores (de la Audiencia), etc.
g) San/Sant/Santo, Santa, se transcriben en mayúscula cuando va precedido de genérico + de:
Ej.: illa/isla, calle/carrer, plaza/plaça, montaña/muntanya, posesión/possessió, riera, torrente/torrent, convento/convent, iglesia/esglèsia, abadía/abadia, ermita, monasterio/monestir, santuario/santuari, capilla/capella, altar, portal, torre, castillo/castell, palacio/palau, puerto/port, etc.
castillo de SanCarlos, capella de Santa Anna, etc.
Puntuación
Igualmente, puntuamos el texto según las normas actuales de la RAE, intentando respetar el sentido correcto de la frase. No es necesario enfatizar que se trata de una tarea compleja por ser textos que en muchas ocasiones siguen pautas orales, pueden estar escritos descuidada o muy apresuradamente y, por tanto, aparecer plagados de anacolutos, elipsis, errores de coordinación, etc. Aunque siempre actuamos siguiendo un principio de mínima intervención y con la mayor cautela posible, se hace necesario en muchas ocasiones interpretar el texto según el contexto u otras informaciones complementarias de que podamos disponer. Hemos intentado que nuestras intervenciones sean en todo caso visibles utilizando corchetes para nuestros añadidos, enmiendas o comentarios.
La transcripción modernizada presenta el texto dividido en párrafos, sin señalar ni numerar las líneas del manuscrito original. Sí se señala la página correspondiente del manuscrito original mediante numeración consecutiva en gris.
Es importante subrayar que cualquier añadido por nuestra parte va siempre entre corchetes «[]». Si, por la causa que sea, hay una laguna en el texto original o un problema de lectura que no podemos resolver, lo marcamos en el mismo lugar del texto así: «[?]» Ocasionalmente, en el botón de «observaciones» presente en cada carta se comentan las dificultades que a nuestro juicio exigen una nota complementaria.
De aplicación específica a las distintas lenguas
Cada carta está definida en una lengua principal aunque presente varias en el texto (que van convenientemente marcadas, según hemos explicado).
Textos en español
Para los textos en español, como principio ortográfico general, nos atenemos a las normas de la última edición de la Ortografía de la lengua española (Madrid, 2010) de la Real Academia Española, combinadas con las indicaciones del Diccionario de la lengua española (DRAE) en la versión web permanentemente actualizada (http://www.rae.es/recursos/diccionarios/drae). Al no tratarse de textos literarios y entender que debemos facilitar la lectura a un público mayoritario, no especializado en las peculiaridades de la lengua de los siglos XVI, XVII y XVIII, llevamos a cabo una modernización y adaptación lo más completa posible al estado actual de la lengua española que permita al lector y al investigador hacer búsquedas cómodamente en el corpus sin necesidad de conocer las posibles variantes ortográficas.
Textos en catalán
Seguimos las normas ortográficas del Institut d’Estudis Catalans.
Por lo que respecta a los nombres de fincas o posesiones, escribimos Ca, Can (y Ca na), Cal y Son mayúscula y el/es, la/sa minúscula: Can Berga, Son Sant Joan.
Se suprime el punto volado en los textos en catalán en casos como:
no·s > no és, qu·està > que està, etc.