Epistolario de Don Pedro de Santacilia y Pax

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Santacilia

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Lorem ipsum ad his scripta blandit partiendo, eum fastidii accumsan euripidis in, eum liber hendrerit an. Qui ut wisi vocibus suscipiantur, quo dicit ridens inciderint id. Quo mundi lobortis reformidans eu, legimus senserit definiebas an eos. Eu sit tincidunt incorrupte definitionem, vis mutat affert percipit cu, eirmod consectetuer signiferumque eu per. In usu latine equidem dolores.

Legajo 27: Carta de Berenguer de Oms i de Santapau
a Pedro Santacilia y Pax (183:4448a.JPG)
Fecha: 16 de abril de 1648
Lugar: Génova
Remitente: Berenguer de Oms i de Santapau
Destinatario: Pedro Santacilia y Pax
Temas: Sin especificar
Idioma: catalán








Versión modernizada:

Amb esta remeto a v. m. la procura que li supliquí acceptàs mies i la llegida en aquest punt i per saber que demà parteix la barca no la detenc que no hi trobo la facultat que jo havia dit al notari que hi posés de que v. m. pogués revocar qualsevol procurador meu i li pogués demanar canvi en mon nom. V. m. me faci mercè d'avisar-me les faltes que tindrà la procura i en continent la faré acomodar. 

Pesa que v. m. amb més gust me faci mercè de procurar-me cobrança li faig a saber les bones pasqües que Déu ens ha donades amb l'ajustament de les coses de Nàpols, el qual succeí a 6 del corrent que la juntaren en la nit setze mil homes i acometeren les fortificacions del poble i les entraren fàcilment assistint el Sr. don Sunyer i el comte Doñate. Un capità s'atreví a resistir i fou mort, en continent el poble començà a llançar les armas i les dones per les finestres a crits {esp.} apellidan Viva España} i sense saber-s'anà guanyant tot gènere [?] entrega el torreó del Carme i sols fou saquejada la casa a on posava el duc de Guisa. Luis Poderico que governa les armes en Capua isqué contra un poble que és diu Santa Maria, a on [?] fets forts mil i cinc-cents populars i l'entrà i prengué en ell el secretari del duc de Guisa i per ell sabé que el duc fugia la volta de . Luis Poderico envià en contra a ell a don Prospero Tutavila amb la cavalleria i l'{esp.} alcanzà} i prengué amb totes ses carnacadas [?]

Sr. don Pedro Santacilia

[2§] que son no manco de 30 i els tenen en Capua presos així al duc de Guisa com als {esp.} demés}. Arriba aquesta nova el dia de Pasqua per un correu que despatxà el duc de Tuosis, avisant a sa casa així del succés com de calli [?] i de son net i que tot el de Nàpols estava {esp.} sosegat} gràcies en sien donades a Déu.

Ací hem tingudes molt {esp.} regocijades} pasqües amb tan alegres noves, l'{esp.} embajador} ha fet tres dies lluminàries amb música i focs molt [?] que són disposats i focs {esp.} artificials}, infinitat de coets i els dos últims dies una font de vi que a més ha alegrada la festa que les trompetes. Jo crec que v. m. haurà tingut aquest avís més per si {esp.} acàs} no era arribat encara he volgut avisar-lo de tan gran succés. De les coses de tenim bones noves i esperam que totes nostres coses milloraran {esp.} aprisa} com anem menester Déu no es faci aqueixa mercè i fe a v. m. molts anys. Gènova i abril 16 de 1648.

Don Berenguer de Oms i de Santapau

[3§] El Rey

Magnífico y armado consejo. Por parte de don Berenguer de Oms y Santapau, natural de Cataluña que se halla en Génova desterrado de su casa per efecto a mi servicio, se me ha repuntado, que de los trescientos ducados de renta que tiene en esa [?] se la deben de corridos más de cuatro mil ducados suplicándome que por la necesidad con que se halla, estando destituido de todo remedio la haga merced de mandar que se le dé satisfacción y pague el que se le debe de los corridos, y que en adelante se le acuda con mucha puntualidad con el que corriere porque pueda socorrerse, y porque las razones que concurren para ser merced a este caulo por su afecto a mi servicio y la necesidad que padece faltándole las asistencias de sa armada que ha perdido por fiel vasallo mío os encargo y mando que la pague con tota puntualidad el que constare que se la debe de corrido de la renta que tiene en esa Procuración Real y con la misma la acudáis, con el que en adelante cayere en el lugar y con la graduación que la toca conforme al privilegio de la gracia que en ello me servireis. Datts. [?] en a XXIII del mes de febrero MDCXIV.

Yo, el Rey

Pedro de Villanueva, protonotario

Al procurador real de

[4§] Sepan cuantos esta [?] de poder viesen que el Sr. don Berenguer de Oms caballero Catalan de la orden de Santiago que al presente se se halla en esta ciudad de Gènova etorga i conoce per la presente puba esera en el mejor mode via i forma que de derecho ha lugar, Que da i otorga todo su poder libre lleno complido i bastante qual de derecho se requiere i es necrio i màs puede i debe valer al Sr. don Pedro Santa Silla i Paz residente en ausente com si fuera presente._ Especial perquè pel otro otorgate i en su nombre i com el mismo podrà esser presente siendo representando supropia psona pueda pedir recibir haver i cobrar Judicial i extra judicialmente todas i quales gr sumas i cantidades de dinero que son i fueren devidas a él dio [?] Sborgte asiqpor el Reial Patrimonio de la otr [?] a143 Isal de com de pbras quales gr. psona i psonas a cuyo cargo hagi [5§] sido es i fuere la paga tde quien i con derecho pueda i deba per ocasion de la asosiacion144 que su magestat que Dios la guardi tiene hecho en saber del dio145 Otorgte en virtud de qualesqr. esevas146 {esp.} recaudos} i cédulas i sinó elles i en obra qualqr manera _ i perquè de todo el que revibiere i cobrare o con prare de haber {esp.} recaudo} i cobrado pueda dar y otorgar di otorgue les cartes de pago inecuanto lart [?] o Ceni [?] on de derechos i les demàs d [?] seras147 que fueren necrias con les dann [?] elas noven [?] els firmeças_ Juramtos i renunciacnes de Leyes que per a su validon seregran les quales valgan i sean firmes i _ valideras com siel otro sor Otorgte les deesa jotorgase pente Siendo i no pareciendolapaga i entrega ante eserno que de ella deï [?] e pueda renunciar i renuncie a la excepción delano nuenta peca leyes de apaga i prueba i les demàs de este caso [6§] com en elles se contiene. ___ Item perquè pueda el otro procurador pedir ajustar i f [?] enecer qualesqr quembas con qualqr otros procuradores del otro otorgte i per a ello hacesa qualqr cargo i recibirle els descargos i haga les demàs diligències que convengan, i con els otros qualesqr procuradores i otros com fuere menester pueda componerse i concerbase i tomar qualqra composicion accordio i concierto per la suma i cantd de dinero a un menor del verdadero des [?] ibo i de la formay manera en todo i per todo com al otro procurador bien visto fuere. ypedareciba i eï [?] e el otro precio enquesa hicierela otra composicion acordio i concierto i otrogue en favor de que les quier pronas com fuesa menester les cartes de pagoy les eseras148 de accordio i concierto i les demàs que convengan con les elaï [?] eï [?] las i renunciaï [?] uesle [7§] Leyes que fueren necrias, i sila paga no fuere depresente i ante eserno que delladefe renuncie a l'execpciondelano numta pecunia layer de la paga i les {esp.} demés} de este caso. ________ _________ Item perquè pueda si fuere necrio en razon de lo quesdho [?] es parecer i parezca ante qualesqr Jueces Justicias consejos i Tribunales i ante ellos i qualqr de ellos ponga demandas i haga qualesqr pedimtos requerimtos citaciones protestaçnes {esp.} embargo}s dec{esp.} embargo}s execuciones prisiones pregones trances von [?] tas i remates de bienes i els Jurar i tomar la possession de ellos imb [?] ar jo qr [?] qualesqr provisiones {esp.} ambos} i sències acebar les que fueren de ser favor apelar i reclamar de les encombï [?] ardo [?] i les tales apelacnes prociguir atodas instàncies {esp.} hasta} su fin sència de tonedeba [?] i su entera execucion i en fin per a el que otro [?] pueda esser i haga tots els demàs antes [8§] i diligències Indes i eixa Judles que és convenggan i que el otro sor otorgte haria i esser podia puoï [?] siendo que el poder que per a ello es necrio i se reqre esa tal i el mismo se da i otorga aldho don Pedro Santa Silla i Paz con todas sus incidas i dependas, i confacultat que la pueda soï [?] comp [?] enquien quisiere per a en cuanto als pleitos tan solamente i no de otra manera, i promete Jura i se obliga con tots sus bienes presentes i futuros deguardar complir i haver per firma es [?] te poder i todo lo que en fuerir tud-ï [?] fuere fecho._____ ______ El Pecï [?] nio de el qual otorgo la presente ante me ho el esenno imb [?] i en pncia dels testigos infe [?] tos en Gènova a onze dies del mes de abril del anyo de mil seis cientos qarenta i ocho siendo [9§] presentes per testigos Juan ert [?] uano Carana hijo de Juan banjo [?] ta Jeronimo Gambaldo hjo de Pablo banjo [?] ta i Juan Jeronimo moconexi hijo de Juan Carlos Vecos de esta Coud i jo el enn [?] no pubo doy fe que conozco alostro sor otorgte. Greg Ferro eferia ï [?] abloColegiado de la d laï [?] çiudad de Gènova una altra mà Sr. don Antonio Bris [?] essió Ronquillo del consejo de sa magestat en el real de Castilla i su embaxor en Gènova Certifico que Gregorio ferro de cuya mano i signo Valegalizada la sobre dicha fe es escrivano publico de esta ciudad, fiel legal i abonado i per a quedello conste donde convenga doy lapresente firmada demimano sellada con el sello de mi Armas i refrendada de mi Infr [?] aescriptosrio en Gènova 16 de abril 1648 Sr. don Ant ï [?] uen R [?] anquelba Parmd del Sr. Antonio misor Diego de Laura [20§] Mirat als 20 maig de 18 [?] 40 [?] vistos papeles d Sr. don Pedro son de poca sustancia [?] Santacilia de cuando fue almi rante visto Le Rujo

[21§] Memoria per al Sr. don Pedro Santacilia quan Déu ha servit hagi arribat en la ciutat de per fer mercè a don Berenguer d'Oms, veure's amb Joan Andrea Corrado i saber d'ell amb quin estat té la cobrança del patrimoni reial que deu a don Berenguer cinc o sis mil escuts d'una pensió que hi té don Berenguer de tres-cents ducats l'any, de la qual se n'han cobradas diverses partides. Jeroni Oms i Berenguer Oms sos procuradors i el primer li resta a deure més de mil escuts. Després que don Berenguer està en Gènova ha feta procura a Joan Andrea Corrado, el qual li escrigué l'any passat que el millor mode per a cobrar del patrimoni reial era per al Nadal passat perdre algun arrendament del reial patrimoni que amb pèrdua de sis o set per cent se tocarien en continent i dit don Berenguer escrigué a dit Joan Andrea Corrado que fer així que a ell li estava per cobrar. Don Berenguer remetrà al Sr. don Pedro una procura sua amb llibera i general administració per a cobrar i rebre qualsevol quantitats que se li degui, així del patrimoni reial com de qualsevol persona, per revocar qualssevol procuradors, per demanar els comptes i per substituir procuradors per a plets, i li enviarà una carta del rei perquè li pagui el procurador reial. En casa del bisbe de trobarà el pare fra Jaume, pare ha parlat amb el Sr. Joan Andrea Corrado i podrà ser-li [?] el Sr. don Pedro veure a don Josep de Rocabertí li suplica don Berenguer i dóna en son nom recordant-lo de quan el desitja s'escriu i que sempre [?] alegrarà de sos contents i li parlarà de sos disgusts [22§]



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Criterios de transcripción

Todas las cartas del epistolario se editan en una doble transcripción –literal y modernizada– consultable siempre simultáneamente con el facsímil de la carta original.


Transcripción literal

Generalidades

Se trata, para cualquiera de las lenguas presentes en el epistolario, de una transcripción paleográfica estrecha que reproduce con fidelidad total el uso gráfico del autor del texto aunque no se corresponda con la normas ortográficas actuales y aunque ello suponga transcribir errores evidentes. Hay dos motivos para este criterio: 1) una transcripción paleográfica de este tipo es un punto de partida más eficaz, ya que puede ser luego adaptado a múltiples usos, modernizando la ortografía, añadiendo acentos y puntuación, regularizando el uso de mayúsculas, etc. según el uso que se quiera dar a los textos o los destinatarios a los que vaya dirigido. Por el contrario, un texto modernizado supone haber suprimido ciertas características del uso lingüístico de su autor original que no son fácilmente recuperables. 2) una transcripción paleográfica preserva información lingüística relevante: por ejemplo, la separación de palabras arroja luz sobre unidades fonológicas  como la sílaba, o gramaticales como morfemas. Asimismo las grafías originales pueden denotar procesos dialectales o de transferencia de otras lenguas.


Ortografía

Se respeta el uso gráfico del original, incluso aquellas grafías que parezcan superfluas o sin valor fonológico: x, ss, ç, h, b, v, u, i/y, ph, th, etc. En los casos en que en el texto aparece «r» donde hoy usaríamos «rr» o «c» donde esperaríamos «ç» lo dejaremos como tal. Se conserva la acentuación o falta de la misma del original.


Igualmente se reflejan en todo pormenor paleográfico el uso de la mayúscula y la minúscula, y la puntuación, muchas veces arbitraria.


Se respetan los cultismos gráficos: columpna, comptar y también las simplificaciones fonéticas de los cultismos: dino, lición.


Separación de palabras

Se respetan todos los procesos morfofonémicos reflejados en la escritura, por ejemplo te visto que refleja ‘te he visto’ se transcribe como está en el original. Igualmente transcribimos: menbarque, lazotea, parenbiar, etc. (los casos en los que dos palabras se hayan escrito con el mismo trazo sin levantar la pluma no implica necesariamente que estén escritas juntas).


También se respetan las amalgamas o cualquier otra grafía que represente una pronunciación particular: decille (por ‘decirle’), escuro, colesio, vijitar, esamen.


Abreviaturas

Las abreviaturas se desarrollan empleando paréntesis angulares: sto se transcribe s<an>to, dho d<ic>ho, q. q<ue>, nros n<uest>ros. Si en una palabra falta texto que suele ir en abreviatura pero el escriba no ha puesto el diacrítico o la indicación que normalmente indica la abreviatura (por ejemplo propto sin indicación de abreviatura) lo transcribimos pro[<m>]pto donde se indica que la abreviatura no figura en el original y es añadido nuestro.


En el caso de abreviaturas usuales que indiquen tratamiento (D. Dr. V. M. Vd. etc.) se pueden dejar como vienen en el original.


Añadidos y enmiendas del editor

Si es evidente que falta algo en el texto –y no estamos ante una abreviatura– se suele restituir, pero sólo cuando estamos absolutamente seguros. Lo restituido se pone entre corchetes: pdre transcrito p[a]dre.


Si en el texto sobra algo por error (una sílaba o palabra repetida) utilizamos paréntesis con barra invertida para indicarlo (\...), pero sólo cuando estamos muy seguros, porque material aparentemente superfluo puede ser una particularidad morfológica o gráfica de la época. Así pues vinieron a la la casa se transcribe «vinieron a la (\la) casa». Se ha de tener en cuenta que el signo «\» en «(\...)» sirve para discriminar los paréntesis genuinos empleados como signo de puntuación. 


Añadidos y enmiendas en el original

En el caso de que encontremos letras, o palabras entre líneas o en el margen que han sido añadidas por el mismo escribano o un corrector posterior transcribiremos estas palabras entre corchetes «[ ]» con un circunflejo «^» en su interior (para diferenciar de los añadidos que incluimos nosotros mismos, que van simplemente entre corchetes «[ ]»), con una nota explicativa si fuera necesario. Ha de entenderse que empleamos este sistema para material añadido. Cuando el escribano ha continuado en un margen simplemente porque se le ha acabado el espacio al final del folio no consideramos que se trate de un añadido, sino que continuamos copiando el texto numerando las líneas de manera consecutiva.   

Señalamos la presencia de varias caligrafías con la indicación al principio de la carta: «(dos manos)», «(tres manos)», etc.   


Para reflejar texto tachado en el original lo reproduciremos entre «( )» con «^» en el interior para diferenciarlo del texto superfluo que suprimimos nosotros mismos al transcribir que se marca con «(\)». Retomando el ejemplo anterior vinieron a la la casa, se transcribe «vinieron a la (\la) casa» para suprimir el texto erróneo, pero si el segundo la ya aparecía tachado en el original transcribimos «vinieron a la (^la) casa».


Alternancia de lenguas

Cuando aparece texto en una lengua diferente de aquella en la cual está redactado el cuerpo principal del documento, el texto en cuestión se marcará con llaves «{}» que contengan al inicio las tres primeras letras del nombre castellano de la lengua en cuestión (LAT latín, CAT catalán, ITA, italiano, FRA francés, POR portugués, etc.). Por ejemplo: «entonces dijo {LAT ave maria gratia plena} mientras se santiguaba.» En html marcamos las distintas lenguas: <span id=”latin>capbqekbkb”</span> tanto en transcripción original como en la modernizada.


Foliación y número de línea

La transcripción literal se dispone a la izquierda del facsímil del documento correspondiente. Las líneas del documento original se reflejan con una numeración correlativa de principio a fin del texto, antepuesta a cada línea y en color gris. No reiniciamos, por tanto, la numeración en cada página del mismo documento.


Nota importante:

Siempre que tenemos dudas preferimos insertar una doble interrogación entre corchetes [??] junto a la lectura dudosa. Así podemos localizar los problemas fácilmente y corregirlos cuando tengamos la solución (empleamos corchetes porque se trata de un añadido nuestro, las interrogaciones no estaban en el texto). En caso de abreviaturas dudosas se puede transcribir mto m<[??]>to. Muchas de estas dudas se acaban disipando. Consideramos preferible actuar con prudencia y poner interrogantes en vez de ofrecer una lectura que pueda ser errónea.

Transcripción modernizada

Abreviaturas

a) Las abreviaturas se escriben en minúscula y se desarrollan siempre que se pueda. Por tanto, escribimos completas las palabras y tratamientos protocolarios como los siguientes (ponemos ejemplos en español y catalán):


señor o senyor, senyora o señora, mossèn, santo, número, reals reales, libras lliures, escuts, etcétera; il·lustre (il·lustríssim), honorable, magnífico, excel·lentíssim, etc.


Y también los números ordinales, los meses del año, los nombres de países, etc.:


Ej.: 1º (primer o primero), 2º (segon o segundo), 7bre (setiembre setembre), Alemanª (Alemania o Alemanya).


En cambio, no desarrollamos las abreviaturas de respeto:


dr. (doctor), d. (don), da. (doña/dona/donya), v. m. (vuestra merced / vossa mercè), v. s. (vuestra señoría / vossa senyoria), v. e. (vuestra excelencia / vossa excel·lència).


b) Los tratamientos o expresiones protocolarias en la firma o cabecera de las cartas los desarrollamos completamente:


Ex: Su mor. sdor. > su mayor servidor

q.s.m.b. > que sus manos besa

etc. 


c) En el caso en que aparezca en una carta en español o catalán texto en latín que contenga abreviaturas, se conservan:


Ej.: et al.


d) Siempre que sea posible se escriben los nombres propios completos con la ortografía actual. Si la carta está en español las abreviaturas se desarrollan en español y si está en catalán se desarrollan en catalán. 


Ej: Jº > Jerónimo, Gerº > Jerónimo,  Pº > Pedro, Antº > Antonio


Asimismo, Los nombres propios se regularizan según el uso actual: Safortesa > Zaforteza, Çavella > Zavellá, Marqués de los Veles > marqués de los Vélez.

Se informa de la variabilidad ortográfica y en el orden de los apellidos de los remitentes y destinatarios de las cartas por medio de una ventana flotante que aparece al pulsar sobre el nombre modernizado y regularizado en el cuerpo de la carta.



Mayúsculas y minúsculas

a) Todos los cargos y tratamientos protocolarios se transcriben en minúscula dentro del texto, en la firma, en la cabecera de las cartas y en las notas o fichas informativas.


Ej.: rey, rei, virrey, batle, procurador reial, governador, capità, inquisidor general, bisbe, arquebisbe, prevere, mossèn, doctor, su majestad, vicecanciller, capellán secretario


Ej.: magnífic i excelentíssim senyor governador, il·lustríssim senyor procurador reial, su majestad, capitán general, d. Pedro Santacilia, da. Cecilia Zaforteza, etc.


b) Todos los nombres propios (de persona, de lugar, nombres de embarcaciones, apodos, etc.), se escriben con mayúscula inicial.


Ej.: Nostre Senyor/ Nuestro Señor (cuando se refiere a Dios o a Cristo), el Cielo, etc.


c) Algún nombre de documento oficial concreto –cuando no es genérico– se transcribe en minúscula.


Ej.: El memorial (o real orden, informe, etc.) que recibí ayer…


d) En toponimia, el elemento genérico (golfo, cala, calle, plaza) se transcribe en minúscula y en mayúscula si pasa a nombre propio:


Ej.: la sierra de Tramuntana (pero: la Sierra)

plaza Mayor (pero calle de la Plaza Mayor)


e) El nombre de determinadas zonas se transcribe en minúscula:


Ej.: capilla, cámara de los pajes, secretaría del Consejo de Aragón, palacio de los Duques, castillo de San Carlos


En cambio, escribimos en mayúscula:


Casa de Campo, Consejo de Aragón, Real Audiencia, Universitat, Reial Patrimoni


f) Todos los cargos, nombres de oficios o de profesión se transcriben en minúscula:


Ej.: capità, procurador, governador, pagès, criat, capellà, prevere, escribano, notario, secretari, jurats o jurados (de la Universitat o Universidad), oïdors u oidores (de la Audiencia), etc.


g) San/Sant/Santo, Santa, se transcriben en mayúscula cuando va precedido de genérico + de:


Ej.: illa/isla, calle/carrer, plaza/plaça, montaña/muntanya, posesión/possessió, riera, torrente/torrent, convento/convent, iglesia/esglèsia, abadía/abadia, ermita, monasterio/monestir, santuario/santuari, capilla/capella, altar, portal, torre, castillo/castell, palacio/palau, puerto/port, etc.


castillo de SanCarlos, capella de Santa Anna, etc.


Puntuación

Igualmente, puntuamos el texto según las normas actuales de la RAE, intentando respetar el sentido correcto de la frase. No es necesario enfatizar que se trata de una tarea compleja por ser textos que en muchas ocasiones siguen pautas orales, pueden estar escritos descuidada o muy apresuradamente y, por tanto, aparecer plagados de anacolutos, elipsis, errores de coordinación, etc. Aunque siempre actuamos siguiendo un principio de mínima intervención y con la mayor cautela posible, se hace necesario en muchas ocasiones interpretar el texto según el contexto u otras informaciones complementarias de que podamos disponer. Hemos intentado que nuestras intervenciones sean en todo caso visibles utilizando corchetes para nuestros añadidos, enmiendas o comentarios.


La transcripción modernizada presenta el texto dividido en párrafos, sin señalar ni numerar las líneas del manuscrito original. Sí se señala la página correspondiente del manuscrito original mediante numeración consecutiva en gris.


Es importante subrayar que cualquier añadido por nuestra parte va siempre entre corchetes «[]». Si, por la causa que sea, hay una laguna en el texto original o un problema de lectura que no podemos resolver, lo marcamos en el mismo lugar del texto así: «[?]» Ocasionalmente, en el botón de «observaciones» presente en cada carta se comentan las dificultades que a nuestro juicio exigen una nota complementaria.


De aplicación específica a las distintas lenguas

Cada carta está definida en una lengua principal aunque presente varias en el texto (que van convenientemente marcadas, según hemos explicado).


Textos en español

Para los textos en español, como principio ortográfico general, nos atenemos a las normas de la última edición de la Ortografía de la lengua española (Madrid, 2010) de la Real Academia Española, combinadas con las indicaciones del Diccionario de la lengua española (DRAE) en la versión web permanentemente actualizada (http://www.rae.es/recursos/diccionarios/drae). Al no tratarse de textos literarios y entender que debemos facilitar la lectura a un público mayoritario, no especializado en las peculiaridades de la lengua de los siglos XVI, XVII y XVIII, llevamos a cabo una modernización y adaptación lo más completa posible al estado actual de la lengua española que permita al lector y al investigador hacer búsquedas cómodamente en el corpus sin necesidad de conocer las posibles variantes ortográficas.


Textos en catalán

Seguimos las normas ortográficas del Institut d’Estudis Catalans.


Por lo que respecta a los nombres de fincas o posesiones, escribimos Ca, Can (y Ca na), Cal y Son mayúscula y el/es, la/sa minúscula: Can Berga, Son Sant Joan.


Se suprime el punto volado en los textos en catalán en casos como:


no·s > no és, qu·està > que està, etc.

Santacilia

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