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1654

Álvaro Campaner y Fuertes, Cronicón Mayoricense. Año 1654

«Resolvió la ciudad una talla de 30.000 libras, como queda dicho en 1652, para ocurrir a los gastos que se impuso sobre los bienes raíces, y comprendieron en ella los eclesiásticos que, como personas legas, poseían bienes, pero resistieron dichos eclesiásticos y fue preciso apremiarles y embargarles los dichos bienes (1) trabose discusión sobre ello con el Vicario General sede vacante D. Bernardo Cotoner, el cual día 7 de febrero de 1654 pasó a excomulgar y consecutivamente a anatematizar a los Jurados, al Virrey y a los Jueces de la Real Audiencia y demás ministros de ella, y el día 24 de marzo de 1654 se publicó un bando mandando al Vicario General sed. vac. D. Bernardo Cotoner que saliese del reino, desterrado; asimismo se notificó a los canónigos que eligiesen a otro Vicario General bajo la pena de confiscación de bienes. Estos no obedecieron y el Virrey mandó al Procurador Real que les confiscase los bienes, por lo que este por medio de sus ministros hizo aprehensión de las llaves de la Curia de la Porción Temporal de la Iglesia, y confiscó las casas y predios de los canónigos con aposición de las Reales Armas, [412] el 27 de marzo de dicho año. El Vicario General Cotoner publicó entredicho en todo el reino, y no quiso permitir que, muriendo alguno, se tomase bula de Sta. Cruzada para poder enterrarle durante aquel entredicho, antes bien fuesen depuestos los cadáveres en el corral del Hospital General que señaló para dicho efecto. Bien si permitió que durante el entredicho se tocasen las Ave María a la mañana, al mediodía y a la noche, y no más. El Jueves Santo no se hizo procesión; de orden del Vicario General la vigilia d Pascua se levantó el entredicho desde el tocar las campanas, y por todas las fiestas. Siguiose también la opinion de que pudiesen recibir los sacramentos y ser enterrados los difuntos sin tener la bula de la Santa Cruzada.»

(1) Deseoso de conservar literal la extensa relación de los sucesos a que dio lugar la cobranza de la talla de 1652, y en vista de la diferencia no pequeña de redacción que tiene dicho relato en las varias copias de los Anales de Terrassa que tengo a la vista, he decidido transcribir la continuada en la que fue de D. Rafael Barceló, al parecer esmerado, ya que no fiel en el traslado exacto de las extravagancias e infinitas repeticiones del prebendado analista.

«Ya había tenido orden el Virrey con la Real Carta de 30 de octubre de 1651 y 27 de julio de 1652 y con las instrucciones del Fiscal del Consejo en que se declaraba ser tenidos los eclesiásticos, por los bienes que poseían en Realengo, y como personas legas, a las cargas Reales y Vecinales, y que por dichos bienes quedaban sujetos a la Real Jurisdicción de la que no podían declinar en las acciones reales, sobre lo que no podía haber duda, y que no se admitiesen sobre ella contenciones. En seguida de lo cual, y la resistencia del Vicario General, canónigos y eclesisáticos, por el mes d abril de 1653 vino cartilla de S. M. a D. Francisco Cotoner, hermano del Vicario General, por Don Juan Miguel de Santacilia y por Leonardo Zaforteza, caballeros de hábito por haber hablado contra el Virrey, en orden a su pretendida franqueza.»

«El 22 del propio abril llegó de Valencia Fr. N. Capó, Trinitario, con una comisión de D. N. Castelldases, Visitador Real en este reino, que suspendiese los entredichos y absolviese de las censuras a todos los que se pretendían incursos por haber impuesto las tallas a los eclesiásticos, y que el Vicario General obedeciese bajo la pena de 2.000 escudos y de 1.000 el cabildo; fue dicha orden del arzobispo de Valencia. No pudieron entender los teólogos de Mallorca con que títulos pudiese el mencionado Arzobispo de Valencia absolver de los casos reservados in Bulla Cenae; con todo se quitó el entredicho en la ciudad y fueron absueltos de las censuras los pretendidos incursos, y el Vicario General no se atrevió a contradecir por razón de escándalo.»

«El día 26 de abril el Virrey notificó a los canónigos Cotoner, Vicario General Sede Vacante, Togores, Conde de Ayamans, Font y Desclapés, y al Dr. Morro, pbro. que dentro de 8 días se embarcasen y dentro de 15 compareciesen ante el Sr. Duque de Montalto, Virrey y Capitán General de Valencia, por convenir al Real servicio de S. M., y que allí se les comunicaría lo que debiesen ejecutar. El día 4 de mayo se volvió a notificar a dicho Vicario General y canónigos mencionados que dentro del tercer día se embarcasen, alias se procedería con ellos con más rigor; este se usaba entonces con los eclesiásticos mencionados, con gemido y llanto de todos los buenos por ver en sangrienta campaña a los Tribunales Real y Eclesiástico. Armábase este con las leyes de la inmunidad donde no debe entrar sino la reverencia, y que la profana cualquiera huella atrevida o menos cauta. Aquellos hicieron arma defensiva de lo que llaman natural defensa, y debiendo ocuparse estos brazos severos en castigo de los escándalos, y en mantener la paz y justicia de los pueblos, empleaba su fuerza robusta cada brazo en batallar con el otro hasta despedazar lastimosamente todo el cuerpo.»

«En aquellos días avisó el Virrey con carta circular a todos los Bailes de las villas, marítimas de la isla, que no permitiesen se embarcase capellán alguno pena de mil ducados y diez años de galeras…»

«El día 1° de junio vino de Roma la infrascrita citatoria expedida en dicha capital el día 12 del mes de mayo de 1654, año X del Pontificado de Inocencio X, por León Verospio, doctor en derechos, Auditor de Su Santidad, dirigida a los Abades, Priores, Pavordes, Deanes, Arcedianos y otros presbíteros, a los cuales se dirigían dichas letras presentadas, que bajo pena de excomunión mayor y en virtud de Santa obediencia, al instante de recibidas dichas letras, así todos como cada uno de ellos, citasen y mandasen citar a los Jurados y a cualesquiera otros interesados, así personalmente como por escrito, o por edictos, que dentro de 60 días compareciesen en Roma, por sí o por sus Procuradores, con todos los autos y escrituras para decir y alegar en la causa sobre la contribución de los eclesiásticos de Mallorca hasta definitiva sentencia, inhibiendo a la dicha Universidad y jurados de Mallorca y a cualesquiera Jueces comisarios ordinarios o extraordinarios etc. bajo pena de 1.000 ducados de oro; a cuya citación respondieron los Jurados que en fuerza de la Bula de Inocencio IV no [413] podían ser citados a Roma, hasta después de la sentencia del Metropolitano…»

«Los días 5 y 6 de junio, de orden del Virrey, el Dr. Armella, Juez de la Real Audiencia, con algunos alguaciles y ministros reconocieron las casas del canónigo Togores, Conde de Ayamans, y de los canónigos Desclapés, Cotoner, Vicario General y del Dr. Morro, para cogerles y embarcarles.»

«El día 17 de junio, de orden de la Corte se levantó el entredicho de los caballeros de hábito, y el Rey hizo Juez Conservador a D. N. de Acoro. Llegó también la noticia de que los 4 caballeros Santacilia, Español, Cotoner y Zaforteza quedaban desterrados por S. M. separadamente en varias ciudades, y que el canónigo Font, que había pasado a la Corte fue enviado a Valencia, cuyo Virrey le había arrestado en un lugar 10 o 12 leguas apartado de Valencia.»

«Este mismo día pasó el Dr. Armella, de orden del Virrey, a hacer aprehensión de las letras citatorias a casa de Andrés Santandreu, notario, donde reconocieron todos los papeles.»

«El día 23 de junio, Fr. N. Guiscafré, Religioso observante, remitió un papel al canónigo Mateo Oleza, Pro. Vicario General, en que le notificó haber absuelto por tres meses al Virrey D. Lorenzo Ram y a los demás, y del entredicho en que debían reincidir el día 19 de julio, en fuerza de comisión del Vicario General Minuarte que lo era del Arzobispo de Valencia, no obstante él haberles notificado la inhibición del Pontífice, habiéndole de antes dado esta facultad. El día 23 de dichos el mencionado Pro. Vicario General pasó otro papel al Padre Guiscafré, en que le decía ser nula la absolución por inhibición apostólica.»

«En el mencionado día 23 de junio se publicó un bando de que no fuese persona alguna que se atreviese a intimar o a notificar papel alguno al Virrey, Jueces ni Jurados del reino, pena de confiscación de bienes, destierro y otros, diciendo que tenían Bula de Inocencio IV, por la cual no podían ser citados a Roma sin que primero hubiese dado su sentencia el Juez Metropolitano.»

«El 11 de julio llegaron de Valencia a Mallorca dos galeras y se dijo que el Virrey tenía orden de aprehender a los eclesiásticos que habían sido testigos y notificado las inhibitorias del Pontífice. En efecto el día 12, de orden del Virrey, se hizo aprehensión de Luis Teixidor, Procurador Fiscal, Andrés Santandreu, Notario Apostólico y N. Gil, pbro. y fueron puestos en un cuarto del Real Castillo; en el mismo día envió el Virrey a casa del canónigo Oleza, Presbítero Vicario General, con la orden de que le preguntasen si era Vicario General, y respondió que no. El día 13 de julio el Doctor Bernardo Cotoner, Vicario General Sede Vacante, se paseó por la Catedral y oyó misa muy despacio en la capilla de San Pedro, donde está enterrado ahora su Ilma.»

«El Virrey mandó poner sobre las armas a los doscientos y alguaciles: después de mediodía fue a la Catedral acompañado de los Jurados Agustín Palou y Sunyer y de todos los Jueces de la Audiencia, y hecha la aprehensión de la persona del Vicario General Sede Vacante, D. Bernardo Cotoner, dentro de la Sacristía y de Matías Esteva, pbro. fueron ambos puestos en la Torre del Ángel del Real palacio o castillo. El mismo día se juntó el cabildo a la hora de vísperas y determinó el cessatio a divinis, y cerca de media hora de noche el Rdo. Jerónimo Tomás, pbro., de orden del Vicario General Oleza, estando para fijar en las puertas del Real Castillo un papel que contenía que el Virrey y Audiencia desistiesen dentro de 3 horas, las cuales pasadas se pondría entredicho general y conminaba con el cessatio a divnisi, salieron 20 hombres del Real castillo y prendieron al dicho Tomás, pbro. y lo condujeron ante el Sr. Virrey, quien mandó encarcelarle con los otros eclesiásticos en la Torre del Ángel.»

«El mismo día 13 a las 3 horas de la noche, notificó al Sr. Jacinto de Oleza el Sr. Virrey que, dentro de 3 horas, pena de 1.000 ducados, entregase preso a su hijo el canónigo Mateo de Oleza, V. G. S. V.»

«El día 14 de julio, a la hora del oficio, fueron a la Catedral Bartolomé Llobet, notario, con muchos alguaciles y escribanos en busca del canónigo Oleza, Vicario General, para prenderle pero no lo encontraron. El mismo día pasaron a reconocer al Colegio de Montesión buscando al canónigo Desclapés, y no lo encontraron, y el propio día en un bergantín embarcaron para Valencia al canónigo Cotoner, y a los Reverendos Santandreu, Luis Teixidor y Gil Tomás. Desde aquel momento se puso el entredicho general y cessatio a divinis por toda la ciudad, de orden del Vicario General Oleza, y el día 15 algunos eclesiásticos querían entrar en el Castillo Real por sus negocios y no se lo permitieron; les perdieron el debido respeto y casi mataron a palos al Reverendo Gabriel Mesquida.» [414]

«El mismo día los capitulares eligieron Vicario General S. V. al canónigo Gabriel Coll que fue Rector de Manacor, y este mismo día, de orden del Virrey, se notificó a cada uno de los canónigos que desistiesen del pleito que tenían introducido en Roma, de las letras inhibitorias que habían conseguido y notificado, bajo las penas de confiscación de bienes y destierro del reino por perturbadores de la paz.»

«El día 16 del mes de julio los alguaciles y escribanos fijaron un papel a la puerta del cabildo de la Seo con el cual se mandaba al canónigo Mateo Oleza, Vicario General que había sido, a Mosén Delgado, Procurador Eclesiástico que había sido, a Francisco Miró, Domero, y a Luis Ginabreda, notario, presbíteros, que revocasen y anulasen el entredicho general que habían publicado y el cessatio a divinis por toda la ciudad, pena de confiscación de bienes y de bandimiento del presente reino, pues se les declararía perturbadores, impostores de discordias en los mismos pueblos y reinos.»

«Este mismo día el Vicario General Coll tuvo una junta de teólogos para examinar un Breve que decían tener los Religiosos Trinitarios, en fuerza del cual pretendían celebrar puertas abiertas en tiempo de cessatio a divinis, y resolvieron que dicho Breve hablaba únicamente de tiempo de entredicho, y por no haber querido obedecer, el Vicario General excomulgó al Ministro de dicho monasterio, Juez conservador de la Capilla de Ntra. Sra. de los Dolores, mandando a los fieles cristianos, bajo la pena de excomunión, no fuesen a oír misa en la referida capilla de Ntra. Sra. de los Dolores del Convento de Sancti Spiritus. El mencionado Conservador Maestro de Sancti Spíritus excomulgó al Vicario General; este reagravó y, no queriendo desistir el Conservador que era el Reverendo P. Dr. Gabriel Pons, lo anatematizó, y el referido Padre partió de la ciudad el 10 de dicho mes para la ciudad de Alcudia, para embarcarse para Roma, y habiendo llegado a Inca en una hostería que hospedó, a las tres horas de la noche del mismo día, por un agujero de la puerta, le tiraron un carabinazo y herido en la garganta, quedó muerto. El día 11 por la mañana pasó allí el Virrey, y el Vicario General mandó también sus ministros. El Virrey mandó prender a dos hermanos Bonafés y los remitió a la cárcel, y se dijo quedar culpados dos beneficiados en Inca Danús y Jaime Pizastaci de la villa de Sóller; también pusieron preso a un hermano del canónigo Genestar, y se dijo le querían dar tortura para que declarase el hecho que sabía.»

«El día 26 de julio se tocó con campanas el entredicho y el día 27 se publicó el bandimiento del canónigo Oleza por perturbador del reino, por haber puesto el entredicho y cessatio a divinis cuando fue Vicario General Sede Vacante. El mismo día llegó de Génova un barco, y el Virrey ocupó todas las cartas, y las descubrió para hacer aprehensión de las Bulas Apostólicas en caso de que las hubiese.»

«Este mismo día el Dr. Gabriel Coll, Vicario General Sede Vacante, notificó al Virrey y a la Real Audiencia desistiese del bandimiento del canónigo Oleza dentro de 3 días, porque no lo haciendo procedería contra de ellos en censuras.»

«El día 3 de agosto se pregonó el bandimiento contra el canónigo Gabriel Coll, Vicario General, quien no se escondió, antes bien pasó recado al Virrey que si le quería embarcar estaba pronto para ello.»

«El día 8 del mismo mes y año recibió el cabildo carta del Rey, dada en Madrid día 25 de julio de 1654, en que le exhortaba desistiese de todos los procedimientos hechos acerca de las tallas, y que si les parecía, enviasen persona a la Corte para alegar, que S. M. les oiría en justicia con toda brevedad, remitiendo el conocimiento a Jueces eclesiásticos, pues no era su Real ánimo perjudicar los derechos e inmunidades de la Iglesia, antes bien conservar y aumentar aquellas en que fuese justo, que debían pero tener entendido que también quería conservar su Real jurisdicción y regalías, y no dejarlas perder en lo que las tiene sentadas; que no debían permitir que los eclesiásticos de sus reinos se las perturbasen, pues el ánimo e intención de Su Majestad nunca sería de que deje de gozar en su Real Corona de lo que pertenece y por tantos siglos ha poseído. A esta carta respondió el cabildo y canónigos que ellos en común y en particular renunciaban los procedimientos, pero que el Fiscal de la Corte eclesiástica nada renunciaba.»

«El día 13 de agosto llegó a Mallorca la sentencia hecha por Don Jacinto Minuarte, Vicario General Oficial del Arzobispo de Valencia, en que anulaba todos los procedimientos hechos por el Vicario General Cotoner y demás capellanes, por falta de causa legítima, o por falta de motivo, y que no hubo culpa por parte del Virrey y Audiencia en el dicho destierro de [415] Cotoner. Esta sentencia fue notificada a dos horas de noche al Vicario General Coll, canónigo, y que se obedeciese bajo la pena de 2.000 ducados. Respondió éste que obedecía metu penae y apelaba a Su Santidad, y así al otro día mandó levantar el entredicho y cessatio a divinis, y esta sentencia se imprimió para perpetua memoria. Díjose el mismo día que el Vicario General Minuarte de Valencia, mediante sentencia, había desterrado al Vicario General, Sede Vacante, Cotoner, 6 leguas lejos de Valencia, y lo propio a los otros capellanes extrañados, y al canónigo Font 600 leguas lejos: mas se dijo que el canónigo Desclapés quedaba desterrado a las Indias por toda su vida, pero no se supo de cierto por entonces…»

«El día 6 de setiembre llegó a Mallorca una saetía en que venía de Alicante el Reverendo Melchor Puig, subdiácono, quien había notificado al Vicario General Minuarte la inhibitoria de Su Santidad. El Virrey puso pena de la vida al patrón si dejaba desembarcar a nadie, y después pasó el Dr. Armella con su carroza al muelle y llevó preso al capellán Melchor Puig, subdiácono al Real Castillo.»

«El lunes, día 7, a las 9 de la mañana, el canónigo Coll, Vicario General, notificó al Virrey que dentro de 9 horas entregase al capellán Puig, subdiácono, pena de excomunión y de general entredicho. El Virrey respondió que no quería obedecer, por haberle de remitir a Valencia con algunos otros. El mismo día se dijo que en Valencia sucedía el mismo ruido que en Mallorca, por haber también comprendido a los eclesiásticos en la talla que igualmente se hacía por razón del pasado contagio, que también padeció aquel reino que en Madrid había entredicho por haber el Rey mandado castigar de muerte a un reo que tenía clerigal tonsura, el cual había muerto a un Conde, y que el Arzobispo de Toledo había excomulgado a los ministros y puesto el entredicho, y que el Rey le había mandado salir de la Corte de Madrid.»

«El día 8 de setiembre puso el Vicario General Coll entredicho general en toda la capital por no haber soltado el Virrey al capellán Puig, y aquel mismo día el Sr. Virrey mandó prender a … Delgado, fiscal eclesiástico, y el mismo día se apercibió el cessatio a divinis por toda la isla si pasaban a forzosos embargos a los antedichos capellanes. El día 10 de setiembre, a las 2 de la tarde, el Dr. Salas y el Fiscal Alcover fueron al Convento de Sto. Domingo, donde encontraron al canónigo Coll que allí se había retirado y enfermo, pasó después allí el Virrey, los Jueces de la Real Audiencia y los Jurados con mazas altas, y lo llevaron preso al Real castillo amenazando a todos los canónigos y al dicho Vicario General que si no desistían, los embarcarían a todos; sirvió ínterin por Vicario General el Doctor Nicolás Ferrer. El mismo día y hora pasó el Dr. Armella al Convento del Carmen para prender al canónigo Togores, Conde de Ayamans, y lo encontraron en una celda, desropado, y el dicho canónigo se puso la sotana en presencia del dicho Dr. Armella y después le dijo que, con su licencia, tomaba el manteo, y se entró dentro del gabinete, por donde se escapó quedando burlado dicho Armella.»

«El día 12 de setiembre, atemorizados los canónigos, desistieron, pero el Vicario General Coll, aun estando violentado, no quiso desistir, y concertaron después el suspender los procedimientos por ambas partes, de esta suerte; que el Vicario General Coll volviese a su casa y el capellán Puig quedase detenido en el Real Castillo por su cuenta, y que se suspendiese por dos meses cualquier orden que viniese así de Roma, como de Madrid; que se pidiese a S. M. si era de su agrado que el negocio se compusiese, y cuando no, que volviese a estar todo en el estado anterior.»

«El principal intento era que llegase entretanto a Mallorca el Sr. Obispo y que él haría como le pareciese…»

«Por causa de esta suspensión no hubo necesidad de ejecutar una sentencia de la Sagrada Congregación de Roma, fecha 27 de setiembre en que se anulaba la absolución proferida por el Vicario General Metropolitano de Valencia y se declaraban válidas las censuras decretadas por el Vicario Capitular Cotoner y sus provinciarios Font, Oleza, Coll, etc.» – G. T.

MARZO 22. – Se embarcó el tercio en 4 saetías y fue recibido cariñosamente en Barcelona por D. Juan de Austria, mandándole que pasase a Gerona, amenazada entonces por el ejército francés; hallose en la batalla que se dio en el lugar de Bascara y socorrió a Rosas, cuyo cerco levantaron los franceses. – G. T.

AGOSTO 10. – Es asesinado en Inca el trinitario Fr. Gabriel Pons; acusose de su muerte a dos sacerdotes de dicha villa. – Jn. Br.

AGOSTO 20. – Participó al cabildo su elección de Obispo de Mallorca D. Miguel Pérez de los Nueros, con cuyo motivo se cantó este día en la Seo un solemne Tedeum. – C. F.

[416]

 

SETIEMBRE 11. – Se dijo que los moros habían cautivado once personas en una posesión del término de Manacor. – Cl. Fl.


Información relativa a don Pedro de Santacilia y Pax.

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